La acometida eléctrica es la instalación que canaliza la energía eléctrica desde la red hasta el suministro de un inmueble, es decir, sin ella no se puede tener luz.
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No siempre es necesario solicitarla, por ejemplo, si la vivienda, finca o local ha tenido suministro de luz anteriormente, simplemente se tendrá que reactivar a través de un alta.
Sin embargo, por lo general sí que lo será para nuevas construcciones, por ello, en este post te vamos a dar las claves para que puedas solicitarla de manera sencilla y dispongas cuanto antes de suministro en tu nuevo inmueble.
Pasos para solicitar la acometida eléctrica
Para solicitar la acometida eléctrica en baja tensión, el cliente deberá de ponerse en contacto con la distribuidora de su zona, pues son las propietarias de red. Los pasos a seguir son los siguientes:
Iniciación del expediente de acometida
Se tendrá que presentar la siguiente información para iniciar el expediente:
- Datos del solicitante
- Dirección postal del inmueble
- Tensión de la instalación
- Potencia eléctrica que se desea contratar
- Plano de la instalación eléctrica con todos sus componentes
La distribuidora tendrá 10 días para comunicar si existe algún error en los datos entregados y, si es así, el usuario dispondrá de otros 10 días para aportar los documentos correspondientes.
Análisis de viabilidad
En un máximo de 15 días, el usuario recibirá un presupuesto con los diferentes trabajos a realizar y su coste, el cual podrá aceptar o rechazar en un plazo de 6 meses.
Dichas labores podrán ser realizadas por la distribuidora o por un instalador autorizado.
Formalización del proyecto
Una vez decidido el responsable de la ejecución, la distribuidora tendrá que comprobar que se cumplen los requisitos en el proyecto básico y en el programa de ejecución de la instalación y, a continuación, emitir el Código CUPS.
Sin embargo, si se precisan licencias oficiales, el expediente se paralizará hasta la concesión de las mismas.
Ejecución y verificación de la acometida
Terminados los trabajos de acometida, la distribuidora volverá a verificar que el proceso se ha ejecutado siguiendo las condiciones del Reglamento Electrónico de Baja Tensión.
Por último, nos podemos dirigir a la comercializadora con el código CUPS para dar de alta la luz y disponer de suministro eléctrico.
Dar de alta la luz
Para dar de alta la luz por primera vez, nos tendremos que dirigir a la comercializadora escogida e indicar la tarifa que deseemos contratar. Dicha gestión se puede hacer de manera presencial, online o telefónica.
Es imprescindible disponer del Boletín Eléctrico y del código CUPS, facilitados por el técnico tras la instalación y de la siguiente documentación para la firma del contrato:
- Datos del titular
- IBAN para domiciliar el pago
- Potencia que deseamos contratar
- Dirección postal del suministro
El contrato será enviado a la distribuidora para que verifique toda la información y, en un plazo de 1 a 8 días hábiles, un técnico irá a la vivienda para instalar el contador. En ningún momento será necesario abonar ningún coste a dicho operario, si no que el coste total de la gestión vendrá reflejado en la primera factura de suministro, y se divide en tres conceptos:
- Derechos de extensión: 17,37 €/kilovatio de potencia contratada + IVA
- Derechos de acceso: 19,70 €/kilovatio de potencia contratada +IVA
- Derechos de enganche: 9,04 € + IVA